Con el decreto del Presidente della República n. 96 del 21 de julio de 2022, el Señor Presidente de la República ha disuelto las Cámaras. Con d.P.R. n. 97 del mismo día se estableció para el 25 de septiembre de 2022 la convocatoria de los comicios para las elecciones de la Cámara de Diputados y del Senado de la República. Los ciudadanos residentes en el exterior votarán por los candidatos de la Circunscripción exterior.
En base a la Ley 27 diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el exterior inscriptos en las listas electorales de la Circunscripción exterior votarán por correo, recibiendo el pliego electoral en su domicilio. A tal fin, se aconseja verificar y regularizar la situación de estado civil y domicilio ante el Consulado de competencia, utilizando preferentemente el portal online de servicios consulares Fast It.
En alternativa al voto por correspondencia, los ciudadanos inscriptos al AIRE podrán OPTAR POR VOTAR EN ITALIA EN SU PROPIA COMUNA, comunicando por escrito la elección (OPCIÓN) al Consulado HASTA EL 31 DE JULIO 2022 INCLUSIVE (el 10° día sucesivo al llamado a elecciones). Dicha comunicación podrá redactarse en papel simple y – para considerarse válida – deberá contener nombre, apellido, fecha, lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector y debe estar acompañada por copia de un documento de identidad del declarante. Para dicha comunicación será también posible utilizar el formulario previsto a tal efecto disponible en el sitio web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional italiano o en el sitio web de la Oficina consular de referencia.
Los electores que eligen la opción de votar en Italia en ocasión en las próximas elecciones políticas recibirán de las respectivas Comunas italianas la tarjeta-aviso para votar – en las mesas electorales en Italia – para los candidatos de las circunscripciones nacionales y no para aquellos de la Circunscripción Exterior.
La elección (opción) de votar en Italia es válida exclusivamente para un proceso electoral.
Se señala que la opción DEBERÁ LLEGAR a la Oficina consular HASTA EL DÉCIMO DÍA POSTERIOR A LA CONVOCATORIA A ELECCIONES. Como lo exige la normativa vigente, será responsabilidad de los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo haya sido recibida en tiempo útil por la Oficina consular.
La elección de votar en Italia podrá ser sucesivamente REVOCADA con una comunicación escrita que deberá ser enviada o entregada a la Oficina consular con las mismas modalidades y dentro de los plazos previstos para el ejercicio de la opción.
En caso que se optare por viajar a Italia para votar, la Ley NO prevé ningún tipo de reembolso para los gastos de viaje efectuados, sino sólo tarifas reducidas en el interior del territorio italiano. Sólo los electores residentes en los Países donde no resultaren las condiciones para votar por correspondencia (Ley 459/2001, art. 20, inc. 1-bis) tendrán derecho al reembolso del 75 por ciento del costo del ticket de viaje, en clase económica.
Las oficinas consulares están a disposición para cualquier información adicional.